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28/8/13

Honduras: condenan por lavado a una mula sin conexión a delitos o actividades ilícitas precedentes



Informa La Tribuna de Honduras de la condena por lavado de activos a una mujer que fue sorprendida en 2011 en el aeropuerto portando dinero pegado a su cuerpo y que no había declarado en frontera.

Normalmente es una buena noticia la aplicación del tipo penal de lavado de dinero pues en muchos países aún encuentra dificultades en la investigación y en la aplicación por los jueces al exigirse la acreditación de un delito precedente o una conexión directa y probada del dinero con la actividad delictiva. Sin embargo, este caso ofrece muchos interrogantes y plantea dudas sobre la aplicación del tipo delictivo de lavado ya que no parece probarse ninguna conexión con delincuentes ni actividades delictivas.
En la mayoría de los países la mera posesión de dinero y su detección al pasar la frontera sólo constituye una infracción administrativa aduanera o de la ley de prevención del lavado de activos. En algunos países, la aplicación rigurosa de la leyes de enriquecimiento ilícito o extinción de dominio podrían llevar en este caso a la consecuencia de que el Estado decomise el dinero e imponga una sanción en vía penal al infractor.

"Un tribunal con jurisdicción nacional encontró culpable de lavado de activos a una mujer que fue capturada en septiembre de 2011 cuando llevaba pegado a su cuerpo con cinta adhesiva 24,400 dólares, al momento que salía con destino a Costa Rica por el aeropuerto Ramón Villeda Morales de San Pedro Sula. El tribunal encontró culpable de lavado de activos a Ruth Beraldina Morales Benítez.

La terna de jueces dio a conocer su veredicto, luego de haber analizado las pruebas presentadas por el Ministerio Público (MP) y la defensa de Ruth Beraldina Morales Benítez.

Los jueces encontraron culpable a la ahora imputada por el delito de lavado de activos, cuya pena oscila entre los 15 a 20 años de reclusión, ya que no pudo acreditar la procedencia del dinero decomisado el 6 de septiembre de 2011.

De acuerdo a lo estimado por el tribunal, Morales Benítez tampoco cuenta con la capacidad económica para haber solicitado un préstamo y de esa manera haber obtenido los dólares, tal y como lo manifestaron sus defensores durante el juicio oral y público.

La defensa de la dama dio a conocer que esta solicitó un préstamo no bancario a un ciudadano, por lo que, a cambio, le entregó la escritura de una vivienda, propiedad de su madre, ya que la idea era utilizar dicho dinero para instalar un salón de belleza en San Pedro Sula.

La mujer continuará con la medida cautelar de arresto domiciliario, ya que se encuentra en estado de embarazo. Mientas que la lectura de la individualización de la pena se llevará a cabo el 24 de septiembre, en Tegucigalpa, Francisco Morazán.

El tribunal estimó como hechos probados que el 6 de septiembre de 2011, en el aeropuerto, Morales Benítez se disponía a abordar un vuelo con destino a Costa Rica, pero al pasar por la máquina de Rayos X se activó la alarma, por lo que fue retenida por los agentes de seguridad, quienes procedieron a trasladarla a un área restringida para hacerle la revisión manual.

De esa manera encontraron pegados con cinta adhesiva a su cuerpo varios billetes de dólares y en la ropa interior otra cantidad que le fue decomisada como prueba del delito de lavado de activos."

27/8/13

Venezuela pide pruebas sobre los militares y políticos del país incluidos en la lista OFAC



El ministro de Relaciones Interiores, mayor general Miguel Rodríguez Torres, pidió el lunes que se muestren las pruebas de los ocho funcionarios venezolanos, entre ellos dos generales activos y tres ex oficiales, que han sido acusados por Estados Unidos de estar implicados en actividades de narcotráfico.

“El que tenga una prueba que la muestre pues, porque yo puedo señalar de terrorista, y de narcotraficante a quien me parezca, pero si yo no tengo ninguna prueba eso no tiene ningún valor”, dijo a la prensa Rodríguez Torres al ser consultado sobre los casos de los venezolanos que han sido señalados en los últimos años por la Oficina de Control de Activos Extranjeros, adscrita al departamento del Tesoro, de estar vinculados al narcotráfico.

La dependencia estadounidense anunció la semana pasada que había designado como narcotraficante al capitán retirado de la Guardia Nacional, Vassyly Kotosky Villarroel Ramírez, quien es señalado de servir de intermediario entre capos colombianos como Daniel “El Loco Barrera”, y los carteles mexicanos como el de Sinaloa, los Zetas y el de Beltrán Leyva.

Villarroel Ramírez enfrenta desde 2011 seis cargos relacionados con el tráfico de cocaína en Nueva York, y es acusado de importar miles de kilos de cocaína desde Colombia hacia México vía Venezuela entre enero de 2004 y diciembre de 2009.

“El Loco” Barrera, quien fue considerado por el mandatario colombiano Juan Manuel Santos el último gran capo de las drogas, fue capturado en septiembre pasado en Venezuela y deportado poco después a su país. El narco fue extraditado en julio a Estados Unidos donde era requerido por tráfico de drogas.

Hace dos años la Oficina norteamericana designó como narcotraficantes al general del Ejército Cliver Alcalá Cordones; al diputado Freddy Bernal; y el ex representante de Venezuela en el Parlamento Latinoamericano, Amílcar Figueroa, por presuntamente colaborar con la guerrilla colombiana de las FARC en el tráfico de drogas y armas.

En 2009, emitió una medida similar contra el actual director General de Contrainteligencia Militar, mayor general Hugo Carvajal Barrios; el gobernador del estado Trujillo y ex ministro de Defensa, general retirado Henry Rangel Silva; y el gobernador del estado Guárico, capitán de navío retirado Ramón Rodríguez Chacín.

Tip.....Reglas de carácter general en materia de Prevención de Lavado de Dinero



La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el  viernes 23 de agosto, en el DOF las Reglas de carácter general de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en las que se detallan los mecanismos de identificación y aviso que deberán seguir las empresas que realizan actividades vulnerables.

De entrada, los sujetos obligados de la norma, es decir empresas inmobiliarias, notarios, vendedores de autos, joyerías, galerías de arte, y consorcios emisores de tarjetas pre-pagadas, entre otros, deberán registrarse en Internet en una página que para tal efecto habilitará el SAT.

En el caso de las personas morales, el registro se efectuará utilizando la FIEL asociada al Registro Federal de Contribuyentes de la misma empresa, toda vez que no se podrá utilizar la FIEL del representante legal.

Realizado este trámite, el SAT expedirá un acuse electrónico de alta, junto con un sello digital, y otorgará a los contribuyentes registrados acceso a las páginas de Internet que servirán para enviar los avisos de las actividades vulnerables.

Cabe destacar que todas las notificaciones que en su caso envíen Hacienda, el SAT o la Unidad de Inteligencia Financiera, serán electrónicas.

Así mismo, luego de que la empresa quede registrada, deberá designar a un representante, quien también realizará por Internet el trámite de aceptación del cargo.

Las empresas que llevan a cabo actividades vulnerables tienen la obligación de elaborar y observar una política de identificación del cliente y usuario, además de que los datos y documentos de éstos deben ser actualizados por lo menos cada año.

El expediente respectivo se tiene que integrar de manera previa o durante la realización del acto u operación, o cuando se establezca una relación de negocios. No obstante, las empresas pueden contar con mecanismos simplificados de identificación cuando consideren que su cliente es de “bajo riesgo”.

Documentos

Los datos y documentos de identificación de los clientes que deberá recabar la empresa son:



  1. Apellido paterno, apellido materno y nombre(s), sin abreviaturas, o en caso de ser extranjero, los apellidos completos que correspondan y nombre(s)
  2. Fecha de nacimiento; País de nacimiento; País de nacionalidad
  3. Actividad, ocupación, profesión, actividad o giro del negocio al que se dedique el cliente o usuario, para los casos en que se establezca una Relación de Negocios
  4. Domicilio particular en su lugar de residencia
  5. Número(s) de teléfono en que se pueda localizar, incluida la clave de larga distancia
  6. Correo electrónico
  7. Clave Única de Registro de Población y la clave del Registro Federal de Contribuyentes, cuando cuente con ellas
  8. Datos de la identificación con la que se identificó, consistentes en: nombre de la identificación; autoridad que la emite, y número de la misma
  9. Comprobante de domicilio, cuando el domicilio manifestado por el cliente o usuario a quien realice la actividad vulnerable no coincida con el de la identificación o ésta no lo contenga
  10. Constancia por la que se acredite que quien realice la Actividad Vulnerable solicitó a su cliente información acerca de si tiene conocimiento de la existencia de un dueño beneficiario, la cual deberá estar firmada por los que participen directamente en el acto u operación
  11. En el supuesto en que la persona física manifieste que sí tiene conocimiento de la existencia de un dueño beneficiario, quien realice la actividad vulnerable deberá identificarlo
  12. Carta poder o copia certificada del documento expedido por fedatario público, según corresponda, para el caso en que la persona física actúe como apoderado de otra persona.

26/8/13

Habrá 15 tipos de aviso de operaciones en efectivo: SHCP



Se prevé que serán alrededor de 300,000 los nuevos sujetos obligados, entre personas físicas y morales, que deberán cumplir con la nueva ley antilavado y que tendrán que emitir alguno de los 15 tipos de avisos, dependiendo de su actividad, para reportar operaciones que pudieran estar relacionadas con el delito de lavado de dinero y que deberán enviar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Así lo indicó en entrevista con El Economista, el responsable de la implementación de la Ley Federal de Prevención e Identificación de Recursos de Procedencia Ilícita de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, Alberto Elías.

El funcionario negó que la integración del SAT a la lucha en contra del lavado de dinero sea con fines de fiscalización.

Su tarea no es nueva, ya lo hacía con los centros cambiarios y transmisores de dinero. Tiene la capacidad para absorber esta nueva función, aseguró, y no representará un impacto presupuestal.

    “Toda la información derivada de los avisos no tiene carácter fiscal, será utilizada para efectos de prevención y combate del lavado de dinero sucio proveniente del narcotráfico, secuestro y de cualquier otro delito que lacera al Estado y a la economía: No es para efectos fiscales”. Sobre el contenido de las reglas de carácter general que están por publicarse en el Diario Oficial de la Federación, comentó que se establecerá qué tipo de documentos o datos tendrán que pedir los sujetos obligados para identificar a sus clientes o usuarios y los mecanismos de resguardo.

También los requisitos que habrán de reunir las entidades colegiadas que quieran constituirse como forma optativa.

IDENTIFICACIÓN Y PLATAFORMA

A partir del primero de septiembre tendrán que comenzar a identificar a sus clientes y usuarios, y a finales de octubre tendrán que empezar a generar los avisos.

El funcionario indicó que se espera recibir los primeros reportes entre el 1 y el 17 de noviembre con los actos por operaciones realizadas a partir del septiembre. El envío de la información, agregó, será sistematizada.

Se podrá mandar por medio de un archivo para los que tengan posibilidades y para otros tendrán la posibilidad de hacerlo en línea a través del portal del SAT, que está por concluir la plataforma tecnológica que se creará para ello.

Aclaró que al igual que el sector financiero, los sujetos obligados podrán reportar operaciones con efectivo que pudieran llevar a cabo los propios directivos o empleados.

Es decir, si alguien de una distribuidora de autos compra un vehículo por más de 200,000 pesos en efectivo se tiene que identificar debidamente y si supera los 400,000 se tiene que dar aviso a las autoridades.

Fuente: El economista 


El servicio y la  experiencia, hacen la diferencia.