En relación a algunas dudas
surgidas para el muy próximo proceso de CERTIFICACION en materia de PREVENCION
DE LAVADO DE DINERO, aplicable a Oficiales de Cumplimiento, me permito
comentar:
- Costo.- $ 10, 850.00
- Quienes deben certificarse.-
- Oficiales de Cumplimiento, Auditor Interno o Externo.
- Porque se obliga a CERTIFICARSE a ciertos funcionarios?
- Se busca en principio erradicar vicios o malas prácticas que han nacido particularmente en la industria de las SOFOMES, que como personalmente he comentado e insistido, son una industria no muy bien vista, ni bien portada, por lo que se pretende:
i.
REPOSICIONAR la figura del
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, necesariamente se re tabulará la remuneración de los
profesionales o personal especializado y CERTIFICADO en prevención de Lavado de
Dinero, ya que una persona CERTIFICADA, podría prestar sus servicios en
cualquier INSTITUCION FINANCIERA (lo cual hemos venido anticipando y comentado
en nuestros boletines y cursos de capacitación desde el 2012)
ii.
REPOSICIONAR, la
obligación de aplicar las medidas de prevención de lavado de dinero.
iii.
HOMOLOGAR, o hacer
exigible un mínimo de conocimiento y aplicación de los lineamientos de
PREVENCION DE LAVADO DE DINERO en al ámbito mundial.
iv.
DEPURAR la industria y a
los PRESTADORES DE SERVICIO en materia de Prevención de Lavado de Dinero.
- Un OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, CERTIFICADO, puede desempeñarse o colaborar en más de una INSTITUCION ( SOFOM, por ejemplo).
- NO
- Cuantas personas pueden o deben certificarse.
- Pueden o deben considerar diversas circunstancias operativas y presupuestales, esto es:
i.
Cada solicitud de examen o
participante tiene un costo.
ii.
No puede existir
institución financiera que no tenga personal certificado, al menos al Oficial
de Cumplimiento y en su caso, cual el dictamen o informe anual de auditoria lo
pretenda suscribir un auditor interno.
iii.
SUGERENCIA, al menos 2
personas deberían certificarse.
- La certificación, sustituye el programa de capacitación anual?
- No, son procesos independientes.
- Cuantas veces puede presentar la misma persona el examen?
- 2 veces al año
- Una persona que labora en una SOFOM ENR, puede solicitar su examen antes del periodo que le corresponde?
- SI
- Que sucede si una Institución no tiene Personal Certificado?
- En estricto sentido los reportes, actividades o funciones que le competa desarrollar al funcionario en cuestión, por ejemplo, el Oficial de Cumplimiento, no se consideran desarrolladas y en consecuencia la Institución será multada.
- Que sucede si El oficial de cumplimiento ya certificado renuncia o sale de la Institución?
- La institución en cuestión, deberá iniciar en forma inmediata la contratación de una persona certificada o bien registrar a otra persona interna que deberá certificarse.
i.
No existen aún reglas de
este tipo, simplemente se infieren por analogía con otras figuras existentes en
el sistema financiero, y que han vivido el mismo proceso.
- Que organismos han intervenido en el proceso de elaboración del temario o examen a realizarse en materia de Prevención de Lavado de Dinero.
- Existen diversos organismos nacionales e internacionales, en el ámbito educativo y financiero que han intervenido e intervendrán en el proceso de preparación, evaluación y certificación, siendo de manera enunciativa, los siguientes:
i.
CNBV
ii.
CENEVAL
iii.
ACAMS
iv.
UNIVERSIDAD ANAHUAC,
TECNOLOGICO DE MONTERREY, UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MEXICO.
- Existen organismos públicos o privados que otorguen cursos de preparación para el examen de prevención de lavado de dinero?
- Si existen diversas instituciones que están brindando dichos cursos, siendo algunos de renombre institucional las UNIVERSIDADES PRIVADAS que participan directa o indirectamente en el proceso de CERTIFICACION.
i.
La metodología o
infraestructura de evaluación, es la aplicada por CENEVAL y ORGANISMOS PUBLICOS
( CONSAR, CNBV, etc.), para evaluación, esto es:
ii.
Preguntas con respuestas
de opción múltiple (posible confusión múltiple).
- Tomar cursos con alguno de estos institutos, será garantía para acreditar ¿
- No necesariamente, ya que se debe considerar que muchos de los expositores adolecen de experiencia práctica en materia de prevención de lavado de dinero, aunque manejen mucho la teoría, recordemos que este examen será prácticamente teórico.
- Sin embargo, todo conocimiento o herramienta de estudio debe valorarse y se reducirá sustancialmente la posibilidad de NO APROBAR.
- Se debe considerar igualmente que considerando la metodología a utilizar, ( examen de “opción múltiple”), esto implica mucha teoría y manejo y entendimiento de conceptos, cifras, variables, etc., por lo cual el material es muy extenso.
- Que hará SERVICIOS INTEGRALES para preparar o apoyar en el PROCESO DE CERTIFICACION?
- Se impartirán cursos introductorios y/o avanzados para nuestros clientes ( cursos presenciales)
- A través del SISTEMA DTKTA AML, se incluirá un módulo especializado de CERTIFICACION, el cual de manera preliminar incluirá, acorde a los requerimientos de certificación establecidos por las autoridades:
i.
Temario
ii.
Libros o material de
estudio
iii.
Examen por capitulo o
libro.
- La idea es que nuestros clientes se familiaricen en lo posible a la alternativa de examen al que se enfrentarán.
- Esta opción para nuestros clientes se prevé estar lista a partir de agosto o septiembre
Aunado a lo anterior y
esperando que resulte de su interés, les adjunto la proyección del CALENDARIO
DE CERTIFICACION aplicable a todos aquellos que deseen o deban certificarse en
materia de prevención de lavado de dinero dentro de las INSTITUCIONES
FINANCIERAS.
Asimismo y considerando
algunos comentarios anteriores, les reitero la importancia de adoptar las
medidas preventivas y presupuestales, que les permitan contar en tiempo y forma
con personal CERTIFICADO, para el 2016.
Queremos ser parte de
su equipo…
La Experiencia hace la
Diferencia.
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