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5/7/13

NOTA ACLARATORIA -SOFOMES-




Muy estimados compañeros y amigos, ante todo un cordial saludo, asimismo y atendiendo diversas dudas y consultas, referente a que hoy 5  de julio, es el último día de actualización de datos ( periodo trimestral) ante CONDUSEF, me permito adjuntar una nota aclaratoria sobre el particular, esto es:
    
REGLAS del Registro de Prestadores de Servicios Financieros. (28 de diciembre de 2011)
…………..
……………..

DECIMA SEGUNDA.- Las Instituciones Financieras deben revisar su información, modificarla, actualizarla y validarla en el Portal, dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, cuando así sea procedente en términos de las presentes Reglas. En el Portal se mostrará la fecha de la última validación de la información.

REGLAS del Registro de Prestadores de Servicios Financieros. (31 de mayo de 2013)

SEGUNDA.- Se abrogan las Reglas para la organización y funcionamiento del Registro de Prestadores de Servicios Financieros, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2011.

Abrogación es la derogación total de una ley por una disposición de igual o mayor jerarquía que la sustituida; por eso es que una Constitución sólo puede ser abrogada por otra Constitución. Tradicionalmente se distinguía la abrogación de la derogación; la primera anulaba o abolía totalmente la ley, y la segunda sólo parcialmente.

COMO QUEDO ESTA DISPOSICION:
De las actualizaciones
DÉCIMA SÉPTIMA.- Las Instituciones Financieras deben proporcionar la información relativa a la  actualización de su información corporativa y sus datos de localización, a través del Portal, los 365 días del año. Dicha actualización será gratuita y se hará de conformidad con las presentes Reglas y el Manual.
En el caso de que la Institución Financiera no pueda acceder al Portal, debe entregar la documentación correspondiente a la actualización que solicita en las oficinas de la Dirección General, en un horario de 8:30 a 16:00 horas, en los días hábiles establecidos en el acuerdo que cada año publica la Comisión Nacional, en el Diario Oficial de la Federación, donde se señalan los días en que la Comisión Nacional cerrará sus puertas
y suspenderá operaciones.
Transitorias
………………..
TERCERA.- Las Instituciones Financieras que fueron registradas con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes Reglas, deberán cumplir con las nuevas disposiciones contenidas en éstas.
CONCLUSION.- Las disposiciones del 28 de diciembre de 2011, NO APLICAN, se sustituyen TOTALMENTE por las establecidas el 31 de mayo del 2013 y de las cuales, en nuestra notas o boletines, sugerimos mes a mes, las obligaciones.

3/7/13

Informe GAFI sobre PEPS: las bases de datos comerciales tienen limitaciones y no deben ser obligatorias para los sujetos obligados



El 27 de junio el GAFI ha publicado una Guía para ayudar a la efectiva implementación de las medidas de prevención anti lavado en relación a las relaciones de negocios con las Personas Políticamente Expuestas (PEPs). 
En el capítulo V del Informe dedicado al uso de Fuentes de información para la identificación de PEPs , el GAFI reconoce que la determinación de cuando un cliente es un PEP o familiar o asociado del PEP puede ser todo reto. Especialmente cuando se trata de PEPs extranjeros pues la información puede que no esté preparada y disponible.
EL GAFI recuerda que es importante subrayar que la fuente clave de información para determinar que un cliente es un PEP es la debida diligencia con el cliente como lo exige las Recomendaciones 10 y 12. No obstante, continua el informe hay varias Fuentes de información que pueden ser usadas, en particular cuando se trata de un PEP extranjero.
INTERNET Y BUSQUEDAS EN LOS MEDIOS
Los sujetos obligados usan estos medios para determinar y verificar la información en relación con los PEPS aunque hay que notar que la información que se encuentra puede que no sea en todos los caso amplia y confiable.
Mientras que las búsquedas generales en los grandes motores de búsquedas pueden resultar difíciles a causa del gran número de “hits” que exigirían un gran trabajo de revisión, existen herramientas gratuitas de búsqueda en websites específicos sobre políticas contra el  blanqueo /lavado de dinero que estarían más enfocadas al objetivo. Además, la búsqueda de fuentes dirigidas que puedan ligarse al cliente puede ayudar a localizar la información relevante (por ejemplo, websites de medios de medios de comunicación en el país de origen del cliente). Las búsquedas de internet también pueden ayudar a obtener información relevante del país. Por ejemplo, para un sujeto obligado es relevante saber cuáles son los países que prohíben a ciertos PEPs el mantener cuentas bancarias en el extranjero.
BASES DE DATOS COMERCIALES
Indica el informe que “hay una gran variedad de bases de datos comerciales disponibles que pueden ayudar a la detección de los PEPS. El uso de estas bases de datos no está exigido por las Recomendaciones del GAFI y no es suficiente para cumplir con la Recomendación  12.”
Los sujetos obligados y las autoridades pueden adquirir tales bases de datos- aunque los costos de suscripción pueden ser (demasiado) altos para algunas instituciones. Además los costos de tales sistemas se pasan necesariamente sobre los clientes, lo que al final incrementa el costo de acceso a los servicios financieros.
Este factor de costo demasiado alto de las websites comerciales para algunos sujetos obligados debe ser tenido en cuenta a l ahora de valorar el cumplimiento de las exigencias relativas a los PEPs
El uso de las bases de datos nunca deberá sustituir los procesos tradicionales de debida diligencia con el cliente. El uso de las listas o software de las bases de datos puede incrementar el riesgo de que los sujetos obligados asuman que si un nombre está o  no está en tal base de datos, entonces el cliente es o no un PEP. Tales bases de datos son simplemente fuentes adicionales de información sobre los individuos de mayor riesgo al determinar si la persona es un PEP potencial o familiar o asociado.
Las bases de datos comerciales también tienen limitaciones sobre las cuales deben ser conscientes las instituciones financieras y las autoridades competentes:
No son necesariamente amplias o confiables ya que generalmente extraen información solamente de lo que están disponibles para el público y por ello el sujeto obligado no tiene manera de verificar la precisión y calidad de la información. Habida cuenta del movimiento diario de los cargos electos en todo el mundo, estas listas no tienen la confiabilidad de estar al día.
La definición de PEP usada por los proveedores de las bases de datos puede que esté o no en línea con la definición usada en un país en particular
El sujeto obligado puede que no comprenda del todo los parámetros usados para nutrir la base y las capacidades técnicas de la misma. Por ejemplo, la base de datos no puede recoger ciertos nombres o puede excluir ciertas categorías de PEPs.
La capacidad de las bases para hallar las búsquedas se ve afectada por las transcripciones inconsistentes y el deletreo de los nombres dando lugar a falsos positivos si la base contiene información insuficiente o inadecuada. Esto incrementa el riesgo de perder los verdaderos positivos y exige esfuerzos adicionales para separar los falsos positivos de los verdaderos
Los sujetos obligados que usen las bases de datos deben asegurarse de que son apropiadas para el fin y que no supongan simplemente una externalización de su obligación de evaluación del riesgo.
La Guía continúa su análisis y recomendaciones sobre otras fuentes de identificación de PEPs como la listas públicas de PEPS emitidas por las autoridades, bases de datos internas o compartidas dentro de los grupos financieros, los sistemas de declaración de bienes para funcionarios públicos prominentes existentes en diversos países, y los formularios de declaración personal firmados por los clientes.

Fuente: Capital net

2/7/13

Seis bancos concentran quejas: Condusef



La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recibió el año pasado 4 millones 238,863 reclamaciones de los usuarios de la banca con impacto monetario y en donde destacan BBVA Bancomer, Banamex, Santander, Banorte/Ixe, HSBC y Scotiabank.
Estos seis bancos agruparon 93% del total de reclamaciones y participan con 81% del activo total, informó la Condusef.
En promedio, dos de cada 10 usuarios con una cuenta o crédito bancario presentaron una reclamación con impacto monetario, es decir, de los casi 25 millones de clientes de la banca que reporta la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera en 2012, más de 4 millones 238,000 reportaron una queja en contra de su institución.
Mario di Costanzo, presidente del organismo regulador y supervisor, precisó que 63.9% de los reclamos correspondió al producto de tarjetas de crédito, seguido de los plásticos de débito con 26.1%, en ambos casos debido a cobros no reconocidos por consumos no efectuados.
Así como en cuentas de depósitos a la vista con 9.7% de reclamaciones, tarjetas de prepago con 0.3% y valores e instrumentos de inversión con 0.1%, explicó en conferencia.
Detalló que de las más de 4 millones de reclamaciones se obtuvo respuesta de 3 millones 989,596, que representaron un monto reclamado de 11,310 millones de pesos, mientras que 249,267 se encuentra en trámite.
De estas reclamaciones, 78% o 3 millones 95,952 procedieron en favor del usuario, lo que significó un abono a estos clientes de 5,711 millones de pesos; mientras que las improcedentes fueron 22% restante o 893,644 lo que costo a los clientes quejosos 5,154 millones de pesos.
El funcionario comentó que con base en esta evaluación también se integró el Índice de Reclamación Bancario, que de acuerdo con las 4 millones 238,863 reclamaciones entre los 24 millones 999,732 clientes surgidos de la mencionada encuesta, este porcentaje fue de 17 por ciento.
Así, destacó, "en promedio, dos de cada 10 clientes presentaron una reclamación con impacto monetario".
Entre las causas también se observó la no entrega de la cantidad solicitada, cobros no reconocidos por otros conceptos, cobros no reconocidos de comisión por manejo de cuenta, retiro no reconocido, cobro no reconocido de intereses ordinarios y/o monetarios, pago automático mal aplicado total o parcialmente (domiciliación), entre otros.
Di Costanzo refirió que entre a las medidas a tomar esta la organización de mesas de trabajo con los bancos para definir claramente la documentación mínima para evitar los rechazos por falta de documentación.
Asimismo, promover la transparencia y certeza para los usuarios en los casos de improcedencia o extemporaneidad de la reclamación.
Así como establecer acciones conjuntas y específicas, preventivas y correctivas para reducir los índices de reclamación en cada uno de los productos, particularmente en materia de cargos no reconocidos por consumos no efectuados con tarjetas de crédito o débito.