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20/10/15

Antes de ahorrar, cerciórese de que esté asegurado



Hacer crecer su dinero en el sector formal tiene grandes ventajas; una de las principales es la protección de los seguros de depósito.

Cuando se dio a conocer el fraude que los directivos de Ficrea, una sociedad financiera popular (sofipo), habían realizado con los activos de sus clientes, muchos ahorradores expresaron gran inseguridad respecto de las instituciones financieras formales.

Sin embargo, si bien varios factores influyeron en este escenario, un conocimiento previo que habría protegido a varios usuarios habría sido el del funcionamiento de los seguros de depósito para recuperar su dinero.

“Una de las ventajas del ahorro formal es que hay mayor certeza y seguridad con su dinero, además de que genera un historial para la adquisición de otros créditos, tiene un mejor control de sus activos y genera intereses”, destaca Alejandro Briant Osorio Carranza, director general de Comunicación Social del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB).

Durante las actividades de la octava edición de la Semana Nacional de Educación Financiera, el directivo fue enfático en la importancia de que al ahorrar conozca a detalle tanto a la entidad financiera en la que desea hacerlo, como en qué cantidades su dinero estará asegurado y qué instituciones lo protegen si la entidad atraviesa una crisis.
Entidades bancarias

En México existen tres seguros de depósito que son sus aliados en distintas entidades: el IPAB es el responsable del seguro para el sector bancario; el Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y de Protección a sus Ahorradores (Prosofipo), protege a los usuarios de las sofipos, y el Fideicomiso del Fondo de Supervisión Auxiliar de Socaps y de Protección a sus Ahorradores (Focoop) es responsable en el sector de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo (socaps).

El primero de ellos, el IPAB, inició operaciones en 1999 con la misión de garantizar los depósitos bancarios y resolver con el menor costo posible la salida de un banco con problemas financieros, lo que contribuye a la estabilidad del sistema bancario y de pagos, detalla Osorio Carranza.

Cuando un banco tiene problemas de capital, el IPAB protege a sus usuarios por hasta 400,000 Unidades de Inversión (Udis), aproximadamente 2 millones 128,000 pesos a la fecha.

Sin embargo, si sus ahorros exceden esta cantidad no se alarme, esto no significa que esté vulnerable ante una crisis financiera. Para estos casos, el directivo del IPAB recomienda aplicar uno de los principios básicos de la inversión: la diversificación.

“Si tiene 10 millones de pesos, puede abrir cinco cuentas en cinco bancos distintos. Así, todo su ahorro estará protegido”, agrega.

Los productos que el IPAB protege son las cuentas de ahorro, de cheques, de nómina, tarjetas de débito bancarias, de nómina y cuentas a plazo o retirables con previo aviso.

No obstante, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) advierte que las operaciones que no se hayan sujetado a las disposiciones legales o relacionadas con operaciones ilícitas no están cubiertas.

Asimismo, advierte que las sociedades que forman parte del grupo financiero al cual pertenece el banco, los accionistas, miembros del consejo de administración, funcionarios de los dos primeros niveles de la institución, apoderados generales con facultades administrativas y gerentes generales no pueden reclamar este seguro.

En tanto, es importante tener en cuenta que si tiene activos en fondos de inversión, aseguradoras, cajas de ahorro, sociedades de ahorro y préstamo, casas de Bolsa o en bancos de desarrollo, éstos no están resguardados por el IPAB, incluso si los productos son ofrecidos en sucursales bancarias.

Osorio Carranza añade que si un banco quiebra, el dinero será depositado en un plazo máximo de dos semanas y de manera automática.

Sofipos y socaps

Por otra parte, para usuarios de sofipos, es importante saber que el seguro en estas entidades, a cargo de Prosofipo, le protege por hasta 25,000 Udis o aproximadamente 133,000 pesos.

El seguro, añade la Condusef, se hace efectivo en caso de que la entidad financiera se llegara a declarar en disolución, liquidación o se decrete su concurso mercantil. Las operaciones que cubre este seguro son los depósitos de dinero a la vista, de ahorro y depósitos a plazo retirables en días preestablecidos y retirables con previo aviso.

Para usuarios de las socaps, la cantidad resguardada es la misma que la de las sofipos; es decir, 25,000 Udis, siempre que estén avaladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores .

Por ello, antes de depositar sus ahorros en una entidad financiera, consulte en la Condusef o la CNBV si está debidamente regulada, y qué protección ofrece a su dinero en casos de crisis.





 Fuente: El economista

19/10/15

Mayoría de Sofipos reprobadas: Condusef



A pesar del incidente de Ficrea la confianza en estas empresas se mantiene prácticamente sin afectaciones.

Las 44 Sociedades Financieras Populares (Sofipos) que operan en el país presentan calificaciones que oscilan entre cinco y seis puntos en una escala de 10, es decir, la mayoría están reprobadas, mencionó Mario Di Costanzo, titular de la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios Financieros (Condusef).

De acuerdo con el Buró de Entidades Financieras de la institución, el promedio de calificación, hasta junio pasado entre 15 Sofipos evaluadas en materia de atención a usuarios, es de 5.24 puntos, aunque 29 empresas no tienen calificación.

Las entidades Te Creemos, seguida de la Sofipo más grande del sistema, Libertad Servicios Financieros; Financiera Planfia, así como Operaciones Empresariales del Noreste y Alta Servicios Financieros, fueron las peores cinco Sofipos en materia de atención a clientes.

Las únicas instituciones que presentan calificaciones aprobatorias en este apartado son Consejo de Asistencia al Microemprendedor y Fincomún.

En el apartado del cumplimiento de los registros de las Sofipos ante la Condusef, el promedio se ubica en 8.7 puntos y la mayoría de las instituciones aprueban la evaluación.

A pesar de las malas calificaciones y el antecedente de la quiebra de Ficrea, Di Costanzo Armenta mencionó que la confianza en estas empresas se mantiene prácticamente sin afectaciones, pues no tienen “reportes de una fuga masiva de usuarios”.

A diferencia de Ficrea, el promedio de depósitos en las Sofipos es muy inferior al monto de seguros que cubren. En el 90% de las sociedades financieras populares, el saldo promedio por cuenta es muy inferior al seguro de depósito”, comentó.

Fuente: El economista

15/10/15

En México deberán comunicar nombres de personas y empresas sancionados por incumplimientos antilavado



Tambien resolvió el INAI que se comunique la lista de personas con fondos bloqueados por financiamiento del terrorismo

 El conflicto surgió por la negativa del SAT o sistema de Administración Tributaria a revelar los nombres de personas y empresas que han sido multadas por no cumplir con las disposiciones de la Ley Federal de la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

El SAT no acató la disposición del Instituo Nacional de Transparencia, argumentando que no se puede dar información fiscal de los contribuyentes, además que se trata de datos personales que requieren el consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización.

El Instituto Nacional de Transparencia y Protección de Datos Personales desestimó la argumentacion y consideró que las multas administrativas, que no sean fiscales, son de distinto carácter que los impuestos, por lo que no puede considerarse información fiscal

El comisionado del INAI, Francisco Javier Acuña Llamasm, señalo que la información no se relaciona con algún proceso penal federal, pues la imposición de sanciones supone que la investigación ya terminó.

Otra cosa que se le pidió al SAT fue informar cuáles empresas pagaron y cuáles no, además de detallar multas, cantidades y argumentos para no pagar, agregó Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado del INAI.

“No se pone en riesgo la estabilidad financiera, económica o monetaria del país, ni se pone en riesgo la vida, la seguridad o la salud de persona alguna; ni se puede vulnerar las estrategias para la recaudación de las contribuciones, así como tampoco se actualiza el secreto fiscal, ni alguno otro de los diversos fundamentos que invocó el SAT”, agregó.

“Aquí estamos hablando de multas que se imponen a los intermediarios, no a alguien en particular que haya depositado cantidades de dinero sospechosas y que pudieran encuadrar en procedencias ilícitas. No, las multas son aplicadas a quienes están obligados a reportar depósitos, como los bancos, notarios, o cualquier otro intermediario”.

Por lo anterior, el Pleno del INAI modificó la respuesta del SAT y le instruyó a entregar el nombre de las empresas que fueron sancionadas con motivo del incumplimiento a las obligaciones que les impone la referida Ley.

También deberán comunicarse los nombres de los sujetos a bloqueo de fondos por financiamiento del terrorismo

El (INAI) instruyó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a entregar la lista con los nombres de las personas bloqueadas, es decir, de aquellas a las que se les congelaron sus fondos y activos por, presuntamente, estar relacionadas con organizaciones o actividades terroristas y con operaciones con recursos de procedencia ilícita. Se trata de listas derivadas de las resoluciones 1267 (1999), sucesivas y 1337 (2001) emitidas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o las organizaciones internacionales.

El Pleno del INAI resolvió un recurso de revisión, turnado a la comisionada Areli Cano Guadiana, de un particular que se inconformó con la respuesta del sujeto obligado a su solicitud de obtener el listado de personas bloqueadas y el nombre de las personas que se encuentren compurgando sentencia por delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La Secretaría de Hacienda, en su repuesta al particular y en la etapa de alegatos del recurso de revisión, señaló que el listado está reservado por 12 años, conforme a los artículos 13, fracciones I, IV y V, y 14 fracción I de la Ley Federal de Transparencia, por motivos de seguridad nacional, porque pondría en riesgo la seguridad de funcionarios, causaría perjuicio a la persecución o prevención de delitos y, porque afectaría la detección de actos u operaciones con recursos de procedencia ilícita. Sin embargo, informó que la lista derivada de la resolución 1267 (1999) puede ser consultada en un vínculo electrónico de la ONU. Por lo que hace a las personas sentenciadas por financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita, declaró un resultado de cero

Fuente : Capital NET

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