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15/10/14

Renovacion de Autorizaciones SOFOMES....TIP BURO DE CREDITO



Derivado de la publicación de la COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS en el Diario Oficial de la Federación de fecha 7 de octubre del presente año, referente a las DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL PARA EL REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS FINANCIEROS, se le informa que en su caso para solicitar la renovación deberán ingresar al Portal del SIPRES los siguientes datos:

I.           Número y fecha del instrumento público en que obre su objeto social.
II.          En su caso, número y fecha de oficio emitido por autoridad competente, mediante el cual se autorizó la utilización de vocablos o palabras de uso reservado;
*III.        Nombre de la Sociedad de Información Crediticia con la cual tienen celebrado contrato de prestación de servicios, vigencia del mismo y, subir al Portal del Registro carátula del referido contrato, y
III.         Número y fecha del Dictamen Técnico.
(Para acreditar lo anterior, el Titular de la Clave Institucional cargará copia digitalizada en formato PDF de los documentos soporte en el Portal del SIPRES). Así mismo las SOFOM deberán acreditar haber validado su información corporativa de los últimos seis meses en el Portal del SIPRES.
*En lo referente al punto III. Cabe señalar que esta disposición no es nueva para las SOFOM E.N.R. pues tal y como se informó por este medio mediante el documento remitido bajo el nombre de “ACTIVIDADES SUGERIDAS  A DESARROLLAR DURANTE EL MES DE JUNIO” remitido por SERVICIOS INTEGRALES, el día 30 de mayo del presente año, mediante el cual se señaló entre otros lo siguiente: ”…La reforma financiera publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de enero de 2014, al adicionar el artículo 87-C Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, estableció la obligación de las SOFOMES de ser usuarias de, al menos, de una Sociedad de Información Crediticia, debiendo proporcionar periódicamente la información sobre todos los créditos que otorguen. Al respecto, se estableció que esa obligación deberá constar en un registro ante la CONDUSEF, según las disposiciones de carácter general que emita la CONDUSEF. En este caso, el artículo quinto transitorio, fracción II estableció que las obligaciones derivadas del decreto, a cargo de las instituciones financieras, entrarían en vigor a los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto (13 de enero de 2014). En virtud de lo anterior, se considera  que la obligación de las SOFOMES de ser usuarias de una Sociedad de Información Crediticia entró en vigor el 13 de abril de 2014…”(SIC).
Por lo que sí es el caso de que aún no hayan contratado los servicios de alguna Sociedad de Información Crediticia, se sugiere a la mayor brevedad realizarlo a la par de la presentación de un Programa de Auto Corrección a efecto de disminuir el riesgo de ser acreedores a alguna sanción de la Autoridad, así como para poder solicitar la Renovación de su SOFOM.
1.     Opciones de Sociedades de Información Crediticia:
a)     Círculo de Crédito
Calle Jaime Balmes Núm. 11, Edif. E. Mezzanine 1 sec. C, Plaza Polanco, Col. Los Morales C.P. 11510, Distrito Federal, Del. Miguel Hidalgo. Tels: 5255 4938 y 01 800 888 247 2856 Fax: 5255 4894


b)     Buró de Crédito
Av. Periférico Sur 4349,
Plaza Imagen Local 3, Fracc. Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Distrito Federal, Del. Tlalpan.
Tels: 5449 4954, 01 800 6407 920

Sin otro particular por el momento reciban un atento y cordial saludo.
El servicio y la  experiencia, hacen la diferencia.

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