Derivado de la publicación de la
COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE
LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS en el Diario Oficial de la
Federación de fecha 7 de octubre del presente año, referente a las DISPOSICIONES
DE CARÁCTER GENERAL PARA EL REGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS FINANCIEROS,
se le informa que en su caso para solicitar la renovación deberán ingresar al
Portal del SIPRES los siguientes datos:
I.
Número y fecha del
instrumento público en que obre su objeto social.
II.
En su caso, número
y fecha de oficio emitido por autoridad competente, mediante el cual se
autorizó la utilización de vocablos o palabras de uso reservado;
*III. Nombre de la Sociedad de Información
Crediticia con la cual tienen celebrado contrato de prestación de servicios,
vigencia del mismo y, subir al Portal del Registro carátula del referido
contrato, y
III.
Número y fecha del
Dictamen Técnico.
(Para acreditar lo anterior, el Titular de la Clave
Institucional cargará copia digitalizada en formato PDF de los documentos
soporte en el Portal del SIPRES). Así mismo las SOFOM deberán acreditar haber
validado su información corporativa de los últimos seis meses en el Portal del
SIPRES.
*En lo referente al
punto III. Cabe señalar que esta disposición no
es nueva para las SOFOM E.N.R. pues tal y como se informó por este medio
mediante el documento remitido bajo el nombre de “ACTIVIDADES SUGERIDAS A DESARROLLAR DURANTE EL MES DE JUNIO”
remitido por SERVICIOS INTEGRALES, el día 30 de mayo del presente año, mediante
el cual se señaló entre otros lo siguiente: ”…La reforma financiera publicada en el Diario Oficial
de la Federación, el 10 de enero de 2014, al adicionar el artículo 87-C Bis de
la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito,
estableció la obligación de las SOFOMES de ser usuarias de, al menos, de una
Sociedad de Información Crediticia, debiendo
proporcionar periódicamente la información sobre todos los créditos que
otorguen. Al respecto, se estableció que esa obligación
deberá constar en un registro ante la CONDUSEF, según las disposiciones de
carácter general que emita la CONDUSEF. En este caso, el artículo quinto
transitorio, fracción II estableció que las obligaciones derivadas del decreto,
a cargo de las instituciones financieras, entrarían en vigor a los 90 días
naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto (13 de enero de 2014). En
virtud de lo anterior, se considera que la
obligación de las SOFOMES de ser usuarias de una Sociedad de Información
Crediticia entró en vigor el 13 de abril de 2014…”(SIC).
Por
lo que sí es el caso de que aún no hayan contratado los servicios de alguna
Sociedad de Información Crediticia, se sugiere a la mayor brevedad realizarlo a
la par de la presentación de un Programa de Auto Corrección a efecto de
disminuir el riesgo de ser acreedores a alguna sanción de la Autoridad, así
como para poder solicitar la Renovación de su SOFOM.
1.
Opciones
de Sociedades de Información Crediticia:
a)
Círculo
de Crédito
Calle
Jaime Balmes Núm. 11, Edif. E. Mezzanine 1 sec. C, Plaza Polanco, Col. Los
Morales C.P. 11510, Distrito Federal, Del. Miguel Hidalgo.
Tels: 5255 4938
y 01 800 888 247 2856 Fax: 5255 4894
|
|
|
b)
Buró
de Crédito
Av.
Periférico Sur 4349,
Plaza Imagen Local 3, Fracc. Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Distrito Federal, Del. Tlalpan.
Plaza Imagen Local 3, Fracc. Jardines en la Montaña, C.P. 14210, Distrito Federal, Del. Tlalpan.
Tels: 5449 4954, 01 800 6407 920
Sin otro particular
por el momento reciban un atento y cordial saludo.
El servicio y
la experiencia, hacen la diferencia.
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