EL 23 DE DICIEMBRE DE 2014, LA CONDUSEF PUBLICÓ EN
EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN LOS: "LINEAMIENTOS DEL SISTEMA
ARBITRAL EN MATERIA FINANCIERA"
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Entre
lo que destaca lo siguiente:
1.- Los Lineamientos tienen por objeto regular la
organización, funcionamiento y promoción del Sistema Arbitral en Materia
Financiera, el cual se conforma por el Registro de Ofertas Públicas, el
Comité Arbitral Especializado y el Registro de Árbitros Independientes.
2.- Las Instituciones Financieras que deseen
formar parte del Sistema Arbitral, deberán presentar por escrito a la
Vicepresidencia Jurídica de la Comisión Nacional, a través de su
representante legal, la solicitud de inscripción en el Registro de
Ofertas Públicas, mismas que entre otras deberán registrar por lo menos, tres
operaciones, productos o servicios financieros que en caso de futuras
controversias respecto a éstos entre los Usuarios y la Institución
Financiera, se resolverán mediante arbitraje.
3.- La Comisión Nacional divulgará en su portal de
internet, en el Buró de Entidades Financieras, en medios impresos y
redes sociales, así como por cualquier otra vía que estime pertinente, la
lista de las Instituciones Financieras inscritas en el Registro de
Ofertas Públicas.
4.- Este Comité Arbitral Especializado estará integrado
por dos servidores públicos de la Comisión Nacional, un servidor público
de alguna de las Comisiones Nacionales que corresponda y un servidor
público de la Secretaría, y serán miembros propietarios los siguientes:
Presidente, Secretario y los Vocales, los dos primeros serán respectivamente:
El Vicepresidente Jurídico de la Comisión
Nacional, quien, en caso de ausencia, será suplido por el Director General de
Arbitraje y Sanciones y el Titular de la Dirección General de Arbitraje y
Sanciones de la Comisión Nacional, quien, en caso de ausencia, será suplido
por el Director de Arbitraje y Sanciones a Entidades Financieras.
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CONCLUSION.- es una invitación.
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