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1/9/15

Contribuyentes, obligados a enseñar estados de cuenta



Una autoridad resuelve que es legal solicitarlos en visitas domiciliarias; la resolución se sustenta en el artículo 45 del Código Fiscal.

CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — La solicitud a los contribuyentes de sus estados de cuenta bancarios por la autoridad tributaria en una visita domiciliaria no viola la seguridad jurídica de esas personas, resolvió una autoridad.

El requerimiento es legal si la orden presentada en una visita al domicilio del contribuyente alude el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, señaló el pleno especializado en materia administrativa del Séptimo Circuito en su tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación.

El artículo regula la facultad de los visitadores de requerir a los visitados, representantes o a la persona con quien se entiende durante la visita en el domicilio fiscal, que mantengan a su disposición la contabilidad y demás papeles.

Entre éstos, los estados de cuenta bancarios con los que el visitado acredite el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

El pleno señaló en el Semanario Judicial de la Federación que esta tesis jurisprudencial administrativa entró en vigor en todo el país a partir del 24 de agosto pasado.

Ello, al resolver el pleno la contradicción de tesis 9/2014 entre los tribunales colegiados Primero y Segundo, ambos en materia administrativa del Séptimo Circuito.

Fuente : CNNExpansión

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