Muy estimados compañeros y amigos, ante todo
un cordial saludo, asimismo y atendiendo algunas dudas generalizadas en relación
al vencimiento del plazo para la RENOVACION, (4 de julio del 2015), me permito
atender algunas dudas generalizadas, relativas a:
En su momento les SUGERIMOS e insistimos en
que NO ES LO MISMO QUE:
1. La
SOFOM VOLUNTARIAMENTE solicite su transformación a SA de CV por ejemplo ( para
que deje de ser SOFOM) o
2. Que
la AUTORIDAD (CNBV y/o CONDUSEF) le EXIJAN que se LIQUIDE o se Transforme,
sobre todo si tienen u operan CARTERA.
3. Habrá multas para quienes NO hayan obtenido o tramitado
su RENOVACION?, atendiendo lo dispuesto en:
Artículo 89.- Las multas a que se refiere el artículo 88 y que
corresponde imponer a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, serán las
siguientes:
X. Multa de
2,000 a 20,000 días de salario o hasta el uno por ciento del capital pagado y
reservas de capital, a
las personas físicas o morales que utilicen palabras de las reservadas para las
organizaciones auxiliares del crédito o para las casas de cambio sin contar con
la autorización correspondiente, asimismo la negociación respectiva podrá ser
clausurada administrativamente por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
hasta que su nombre sea cambiado. La misma multa se impondrá a las
personas que en contravención a lo dispuesto por el artículo 87-B de esta Ley,
se ostenten u operen como
sociedades financieras de objeto múltiple sin haber satisfecho los requisitos
previstos por dicha disposición para ser consideradas como tales, o
bien continúen ostentándose y operando como Sociedad Financiera de Objeto
Múltiple cuando les haya sido cancelado el registro ante la Comisión Nacional
para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros;
TRANQUILOS…..al
menos no de forma INMEDIATA, es decir, después del 04 de julio, las SOFOMES que
no renueven, se les iniciará un proceso de cancelación, y si una vez iniciado
dicho proceso, y habiendo la CONDUSEF declarada la cancelación de su PERMISO o
CONCESION, continúan operando, entonces SI la Bancaria podría establecerles alguna
multa, de otra manera NO aplicaría la
imposición de MULTAS, no obstante ello, en forma paralela los BANCOS LES
CANCELARAN LAS CUENTAS.
1. Los BANCOS cancelaran las cuentas existentes al día de
hoy en las “SOFOMES” que no obtengan su RENOVACION o bien NO NOTIFIQUEN SU
MODIFICACION DE OBJETO SOCIAL?
a.
La SOFOM VOLUNTARIAMENTE solicite su
transformación a SA de CV por ejemplo ( para que deje de ser SOFOM) .- al realizar esto, ANTES de que la
autoridad (CNBV y/o CONDUSEF) lo ordene, necesariamente se genera un nuevo RFC
o condición fiscal, que requerirá notificarse a los BANCOS, en consecuencia al
modificarse la condición inicial, SEGURAMENTE ante las INSTITUCIONES BANCARIAS
no deben de tener problemas y si planearon igualmente el traslado de la
cartera, tampoco deben tener problema, al menos no en estos casos y en el corto
y mediano plazo.
b.
Que la AUTORIDAD (CNBV
y/o CONDUSEF) le EXIJAN que se LIQUIDE o se Transforme, sobre todo si tienen u
operan CARTERA.- una
vez concluido el plazo ( 4 de JULIO) las autoridades emitirán un mandato de
liquidación o modificación de objeto social, en cuyo caso, aunque el resultado
es el mismo, el medio no lo es así, es decir, deberán atender el mandato de la
autoridad en tiempo y forma, independientemente de su estatus de administración
de cartera y en forma paralela, los BANCOS, con mayo razón, les procederán a
CANCELAR las cuentas existentes a ese momento, CON TODOS LOS INCONVENIENTES
GENERADOS ( IMAGEN DE LA SOFOM, SUS ACCIONISTAS, ANTE POSIBLES CLIENTES,
PROVEEDORES, AUTORIDADES, etc.).
2.
Los
BANCOS seguirán exigiendo REALIZAR AUDITORIAS
de prevención de lavado de dinero con determinadas firmas o despachos?.-
Los bancos exigen esto bajo SUS
POLITICAS INTERNAS de reducción de riesgos, de acuerdo a sus esquemas de control interno, lo cual se modificara
gradualmente, una vez que las SOFOMES, acrediten ante la institución bancaria
en cuestion que les opera sus cuentas, que ya TIENEN EL DICTAMEN FAVORABLE DE LA CNBV o
bien ya tienen completado su proceso de RENOVACION ante CONDUSEF, en
consecuencia esto deberá dar mayor tranquilidad y confianza a los BANCOS, para
que gradualmente eliminen sus restricciones operativas ( abrir u operar cuentas
de cheques a las SOFOMES), recordemos que esto ha sido un PROCESO DE
DEPURACION, al cual aún le falta una etapa operativa.
Queremos ser parte de
su equipo…
La Experiencia hace la
Diferencia.
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