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31/1/12

EMPRESAS QUE NO TIENEN AUTORIZACION PARA CAPTAR RECURSOS


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores informa de diversas empresas que no forman parte del Sistema Financiero Mexicano, no se encuentran  supervisadas por la CNBV, y no cuentan con autorización para captar recursos del público.

De este modo, suman 55 las entidades sin autorización para captar recursos sobre las cuales la CNBV ha emitido alertas, a fin de proteger el patrimonio de la población.

Se exhorta a la población en general, evite llevar a cabo operaciones que impliquen captación de recursos con personas que no cuenten con la debida autorización para tal efecto, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores informa que las siguientes empresas no forman parte del Sistema Financiero Mexicano, no están supervisadas por la CNBV ni cuentan con autorización para captar recursos del público:

1.    CELTON HOLDINGS GROUP o CELTON GROUP HOLDINGS, LTD. con domicilio en el Distrito Federal.

2.    CALEDONIAN INTERNATIONAL CONSULTING, S.A DE C.V. con domicilio en el Distrito Federal.

Ninguna de estas empresas puede captar recursos del público mediante la celebración de operaciones de depósito, préstamo, crédito, mutuo o cualquier otra operación que implique la obligación de devolver el importe de dichos recursos.

Tampoco pueden solicitar, ofrecer o promover la obtención de recursos de persona indeterminada o mediante medios masivos de comunicación, ni obtener o solicitar de cualquier persona fondos o recursos de forma habitual o profesional.

Asimismo, se recuerda al público en general de otras empresas sobre las que la CNBV ha emitido alertas previamente que tampoco cuentan con autorización para captar recursos ni se encuentran supervisadas por esta Comisión. Dichas entidades son:

1.    Servicios Integrales de Apoyo Mutuo, S.A. Sofom E.N.R. y/o Financiera Comercial y Agropecuaria con domicilio en el Estado de Oaxaca.

2.    Soluciones Coyotepetl, S.A. DE C.V. Sofom E.N.R. con domicilio en el Estado de Oaxaca.

3.    Grupo Uharma de México, S.A. DE C.V. Sofom, E.N.R. con domicilio en el Estado de Oaxaca.

4.    Caja Solidaria La Mixteca, S.C. con domicilio en el Estado de Oaxaca.

5.    Caja Solidaria XU’UN ÑUU, S.C. A.P. DE R.L. De C.V. con domicilio en el Estado de Oaxaca.

6.    Caja Solidaria Villa de Jerez, S.C. DE R.L. DE C.V. con domicilio en el Estado de Zacatecas.

7.    Caja Solidaria Cerro De La Bufa, S.C. DE R.L. DE C.V. con domicilio en el Estado de Zacatecas.

8.    Caja Cerro del Tepeyac de Ahorro y Préstamo, S.C. DE R.L. DE C.V. con domicilio en el Estado de Chiapas.

9.    Soc. Coop. De Ahorro y Préstamo Cuxtitali con domicilio en el Estado de Chiapas.
10.  Cooperativa de Consumo Caja Popular Jiménez, S.C.L. con domicilio en el Estado de Jalisco.

11.  Cooperativa de Consumo de Ahorro y Préstamo La Santa Veracruz, S.C.L. con domicilio en el Estado de Jalisco.

12.  Caja Solidaria Coliman, S.C. DE A.P. DE R.L. DE C.V. con domicilio en el Estado de Colima.

13.  Instituto de Banca y Ahorro con domicilio en el Estado de Guanajuato.

14.  RYM Capital Corporation, S.A. DE C.V. Sofom E.N.R. y/o RYMCAPITAL LLC. con domicilio en el Estado de Jalisco.

15.  Antares Capital Management, con domicilio en el Distrito Federal.

16.  Abastecedor Agrícola e Industrial, S.A. de C.V., también conocida como INVERTIMAX, con domicilio en el Distrito Federal.

17.  WI Capital, con domicilio en Guadalajara, Jalisco.

18.  WI Cambios, con domicilio en Guadalajara, Jalisco.

19.  WI Consultores, con domicilio en Guadalajara, Jalisco.

20.  Crédito Más, S.A. de C.V., que se ostenta como CRECICUENTAS, con domicilio en Mérida, Yucatán.

21.  Boston Merchant Consulting México, S. de R. L. de C.V., con domicilio en Monterrey, Nuevo León.
22.  Interbanc, S.A. de C.V., con domicilio en el Distrito Federal.
23.  Caja Progresa, S.C. de R. L. de C.V., con domicilio en Dolores Hidalgo, Guanajuato. (Cabe aclarar que la citada empresa no se refiere a la entidad denominada Caja Progressa, S.A. de C.V, S.F.P, cuyo domicilio principal se ubica en la calle de Francisco I. Madero 103, de la ciudad de Celaya, Guanajuato; misma que fue autorizada por la CNBV para constituirse como Sociedad Financiera Popular el 3 de octubre de 2008 y se encuentra supervisada de manera auxiliar por la Federación Fortaleza Social, A.C.)
24.  Financiera del Pueblo, S.C. de R.L., también conocida como La Moneda del Pueblo, S.C. de R.L., con domicilio en Oaxaca, Oaxaca.
25.  Soluciones Económicas de la Península, S.A. de C.V., con domicilio en Querétaro.
26.  Operadora Peninsular de Apoyo Crediticio, S.A. de C.V., también conocido como “OPAC (Operando – Ayudando – Creciendo)”, con domicilio en Quintana Roo.
27.  BURCAP, S.A. de C.V., con domicilio en Puebla, Puebla.
28.  Desarrollos Inmobiliarios Yusana, S.A. de C.V., (INVERCAPITAL), con domicilio en Puebla, Puebla.
29.  Comercializadora Servicios y Valor, S.A. de C.V., (INVERBIEN), con domicilio en Puebla, Puebla.
30.  Administrativos IG, S.A. de C.V. (INVERGLOBAL FINANCIERA), con domicilio en Puebla, Puebla.
31.  Servicios y Bienes Comerciales Empresarial, S.A. de C.V., (SYBCE), con domicilio en Puebla, Puebla.
32.  COBIRMEX, S.A. de C.V., con domicilio en Puebla, Puebla.
33.  Market Traders Institute, con domicilio en el Distrito Federal.
34.  Consultoría Especializada en Mercados, S.A. de C.V., (Master Field Consultants Limited), con domicilio en el Distrito Federal.
35.  Tu Casa Express, S.A. de C.V., con domicilio en el Distrito Federal.
36.  De Vere & Partners, S. de R.L. de C.V., con domicilio en el Distrito Federal.
37.  Hampton Consulting Group, S. de R.L. de C.V. con domicilio en el Distrito Federal.
38.  Financiera Increfin, S.A. de C.V., con domicilio en Oaxaca, Oaxaca.
39.  FGI LLC, México, S.A., con domicilio en el Distrito Federal.
40.  COMSBRA, S.A. de C.V., con domicilio en Puebla, Puebla.
41.  Grupo Inmobiliario VERHOME S.A. de C.V., con el nombre comercial de INVERGROUP, con domicilio en Puebla, Puebla.
42.  MXBK Group S.A. de C.V., también conocido como MEXBANK S.A. de C.V. y MEXBANK Financiera, S.A. de C.V., ubicado en el Distrito Federal y Mérida, Yucatán.
43.  W.M. Advisors, con domicilio en el Distrito Federal.
44.  Yakey MX, S.A. de C.V., con domicilio en Tlalnepantla, Estado de México.
45.  InverBan S.A. de C.V. (INVERBAN), con domicilio en León, Guanajuato, Distrito Federal y Monterrey, Nuevo León.
46.  Sues Consultores y Asociados, S.C. (GRUPO SUES), con domicilio en el Distrito Federal.
47.  CAPITAL INSTITUTE, S.C. DE R.L., (CAPITALBANK), ubicado en Tijuana, Baja California.
48.  Impulsa Zion S.A. de C.V. (INVERZION), ubicado en San Francisco del Rincón y León, Guanajuato.
49.  FOREX.com, con domicilio en el Distrito Federal.
50.  MexForex S.A. de C.V., ubicado en el Distrito Federal y Mérida, Yucatán.
51.  Construcciones Mauri, S.A. de C.V. (SITMA, Grupo Inmobiliario), ubicado en el Distrito Federal y Puebla, Puebla.
52.  Fondos de Inversión DOT Fondos, con domicilio en el Distrito Federal.
53.  – SAROFIN, S.A. de C.V., con domicilio en Oaxaca, Oaxaca.

Atento a lo anterior, se exhorta al público en general, evite llevar a cabo operaciones que impliquen captación de recursos con personas que no cuenten con la debida autorización para tal efecto, por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

20/1/12

SHCP detecta nuevas formas de lavar dinero


La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda detectó e investigó seis tipologías relacionadas con el lavado de dinero en nuestro país, entre las cuales destaca el esquema financiero utilizado por grupos criminales vinculados al robo de hidrocarburos.

De las nuevas tipologías, primero se emitieron cinco y posteriormente integró una más relacionada con el robo de hidrocarburos. La Procuraduría General de la República encontró que las ganancias se transferían a cuentas bancarias de diversas personas físicas y empresas restauranteras.

La Secretaría de Hacienda informó a los sujetos obligados a reportar operaciones para que tengan consideradas estas nuevas tipologías en sus sistemas de alertas para evitar ser sancionados, ya que en las visitas de inspección que ha realizado la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) se han detectado inconsistencias por las que serán sancionados con montos históricos.

Así lo dio a conocer el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (Gafisud) en el reporte de seguimiento que hace para ver el grado de avance de las observaciones que se le han hecho al país para el combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, en el cual se reconoce que se han realizado diversas acciones para el cabal cumplimiento de las tres recomendaciones y dos especiales que están parcialmente cubiertas.

Desde la primera evaluación que hizo el Gafisud, observó que se están subutilizando los reportes de la UIF y que no hay investigaciones sobre el financiamiento al terrorismo.

Nuevos criterios para sanciones

En el reporte se hace referencia a que la CNBV establecerá nuevos criterios para la imposición de sanciones a instituciones que no cumplan con las disposiciones de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

El monto de las multas aumentará según la gravedad de la infracción, haciendo uso de los principios de proporcionalidad más adecuados. Se menciona que en los últimos tres años, derivado de las visitas de inspección de la CNBV, se detectaron varias inconsistencias por parte de algunas instituciones para la imposición de multas, las cuales están a punto de concluir. Se detectaron determinados incumplimientos en que incurrieron diversas instituciones financieras más grandes en el país, lo cual derivó en la iniciación de procedimientos administrativos.

En cuanto al entorno económico nacional, se adelantó que el monto de las multas que serán impuestas es considerablemente elevado, posiblemente alcanzando el equivalente del total aplicado históricamente.

Las tipologías a las que deben poner atención las instituciones son el uso de las cajas de seguridad bancaria, en donde se descubrió 1 millón de dólares producto de actividades del narcotráfico, cuyo propietario era parte de una organización delictiva.

Otra tipología es el uso de las cuentas personales para actividades empresariales, en donde se hacían depósitos en efectivo que no eran congruentes con el perfil transaccional de su titular.

En el reporte se destaca que la UIF trabaja con el sistema financiero para elevar la calidad de los reportes que entregan a las autoridades, para detectar el blanqueo de capitales y financiamiento al terrorismo. También se ha concentrado en capacitar a su personal enfatizando el aspecto de la confiabilidad del personal por medio de pruebas.



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19/1/12

Discuten aprobar Ley Contra Lavado de Dinero

El Vicecoordinador Jurídico del PAN en la Cámara de Diputados, Oscar Oscar Paniagua, aseguró que se encuentra prácticamente lista para su aprobación en comisiones el dictamen de la nueva Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones de Procedencia Ilícita.

 Informó que las comisiones de Justicia y Hacienda han logrado un consenso en el 99% del dictamen, por lo cual se espera que en los próximos días se aprobado para que en el periodo de sesiones que inicia el 1 de febrero sea uno de los temas a discutir y aprobar por el pleno de San Lázaro.

 La llamada "Ley contra Lavado de Dinero" obliga a notarios, distribuidoras de autos, agentes aduanales, joyeros, empresas de blindaje e inmobiliarias a informar sobre operaciones vulnerables de estar "blanqueando" recursos de procedencia ilícita, apuntó el legislador.

Dijo que actualmente en México hay un vacío legal en esta materia, ya que naciones como Argentina destinan más de 1,500 elementos para vigilar los movimientos de los casinos y con ello detectar y sancionar el lavado de dinero, ya que hace algunos años ese país era un paraiso para el "blanqueo" de recursos ilícitos.

 Expuso que la nueva ley en México plantea la creación de la Unidad Especializada de Análisis Financiero, dependiente de la PGR, que tendrá labores de inteligencia y reforzará la lucha contra el crimen organizado.

 Arce Paniagua, secretario de la Comisión de Justicia, comentó que esta ley busca atacar directamente "el brazo financiero de la delincuencia organizada" y con ello detectar compra de vehículos, jojas, inmuebles y traslado de valores de procedencia ilícita.

 "El consenso entre las fracciones parlamentarias es de un 99%, creo que regresando al periodo ordinario estaremos en posibilidad de estar votando en comisiones unidas de Hacienda y Justicia este dictamen que es tan importante", apuntó.

 Indicó que la la nueva legislación incluirá que los casinos y otros centros de apuestan tendrán la obligación de identificar las operaciones de hasta 20 mil pesos y resguardar la información para en caso de que la SHCP lo requiera y las de más de 40 mil pesos deberá dar aviso a la autoridad fiscal.

(Notimex/HVI)

 

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13/1/12

Sanciones por incumplimientos de la Ley Federal de Datos Personales

Al inicio del 2012 ya hay Instituciones sancionadas por el IFAI al no cumplir con la LFPDPPP (Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares)
  • Inician el Año Instituciones con sanciones por violar u omitir el cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
A partir del 6 de Enero del 2012, cualquier ciudadano mexicano, podrá ejercer ante las Instituciones u organizaciones particulares su derecho constitucional para que sus datos personales sean tratados de forma correcta y que no den mal uso de ellos, las personas podrá iniciar su solicitud ante el IFAI.
El problema de la actitud mexicana, de “dejar todo al final”, ha ocasionado que instituciones se encuentren en proceso de ser sancionadas por el IFAI, a través de los derechos del ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición).
Después de casi año y medio de antelación, el 5 de Julio de 2010, la LFPDPPP (Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares) fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que todos los particulares, sean personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo la solicitud de datos personales como son:
  • Nombre completo
  • Edad
  • Estado civil
  • Sexo
  • Teléfono fijo y/o celular
  • Correo electrónico
  • ID de Facebook, Twitter y/o Linkedin
  • Dirección
  • Nivel de escolaridad
  • RFC y/o CURP
  • Cuentas bancarias, tarjeta de crédito, etc
  • Información corporativa, datos empresariales, productos, servicios, promociones, clientes.
Dando como límite un año para que todas las instituciones bajo esta Ley, cumplan con su “Aviso de Privacidad” ya que a partir del 6 de Julio del 2011, todas las empresas e instituciones deberán tener su Aviso de Privacidad para esa fecha, y tendrán que elaborarlo dependiendo del tipo (web o impresa) y volumen de datos que recaben; así mismo, deberán cumplir con la designación de la persona o el departamento responsable del tratamiento y resguardo de dicha información.
El pasado 21 de Diciembre de 2011, se publico en el DOF, el Reglamento de la LFPDPPP en donde se determinan los principios de Protección de Datos Personales:
Artículo 9. De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Ley, los responsables deben cumplir con los siguientes principios rectores de la protección de datos personales:
I. Licitud;
II. Consentimiento;
III. Información;
IV. Calidad;
V. Finalidad;
VI. Lealtad;
VII. Proporcionalidad, y
VIII. Responsabilidad.
Asimismo, el responsable deberá observar los deberes de seguridad y confidencialidad a que se refieren los artículos 19 y 21 de la Ley.
En el Capítulo III del Reglamento de la LFPDPPP, se refiere a las Medidas de Seguridad en el Tratamiento de Datos Personales y son los siguientes:
Alcance
Artículo 57. El responsable y, en su caso, el encargado deberán establecer y mantener las medidas de seguridad administrativas, físicas y, en su caso, técnicas para la protección de los datos personales, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y el presente Capítulo, con independencia del sistema de tratamiento. Se entenderá por medidas de seguridad para los efectos del presente Capítulo, el control o grupo de controles de seguridad para proteger los datos personales.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido por las disposiciones vigentes en materia de seguridad emitidas por las autoridades competentes al sector que corresponda, cuando éstas contemplen una protección mayor para el titular que la dispuesta en la Ley y el presente Reglamento.
Atenuación de sanciones
Artículo 58. En términos de lo dispuesto en el artículo 65, fracción III de la Ley, en los casos en que ocurra una vulneración a la seguridad de los datos personales, el Instituto podrá tomar en consideración el cumplimiento de sus recomendaciones para determinar la atenuación de la sanción que corresponda.
Funciones de seguridad
Artículo 59. Para establecer y mantener de manera efectiva las medidas de seguridad, el responsable podrá desarrollar las funciones de seguridad por sí mismo, o bien, contratar a una persona física o moral para tal fin.
Por lo anterior, es muy importante que quienes tengamos o recolectemos información de personas para nuestros registros, bases de datos, etc.; cumplamos al margen de la Ley, ya que las multas estipuladas en el DOF, en caso de la violación o conducta inapropiada van desde los 100, hasta los 320,000 días de salario mínimo vigente.

5/1/12

Los tres reyes magos


Apenas su padre se había sentado al llegar a casa, dispuesto a escucharle como todos los días lo que su hijo le contaba de sus actividades en el colegio, cuando ésta en voz algo baja, como con miedo, le dijo: - ¿papa?

- Sí hijo, cuéntame.
- Oye quiero...que me digas la verdad.
- Claro hijo. Siempre te la digo.- Respondió el padre un poco sorprendido.
- Es que..- titubeó Samuel.
- Dime hijo, dime.-.
- Papá ¿existen los Reyes Magos?.- .

El padre de Samuel se quedó mudo, miró a su mujer, intentando descubrir el origen de aquella pregunta, pero sólo pudo ver un rostro tan sorprendido como el suyo que le miraba igualmente.
 
- Los niños dicen que son los padres. ¿Es verdad?.-

La nueva pregunta de Samuel  le obligó a volver la mirada hacia el niño  y  tragando saliva le dijo:

- ¿Y tú qué crees, hijo?

- Yo no sé, papá, que sí y que no. Por un lado me parece que sí que existen porque tu no me engañas, pero como los niños dicen eso.
 
- Mira hijo  efectivamente son los padres los que ponen los regalos pero.

- ¿Entonces es verdad?- , cortó el niño  con los ojos humedecidos.- ¡Me has engañado!

- No, mira, nunca te hemos engañado porque los Reyes Magos sí que existen,- respondió el padre cogiendo con sus dos manos la cara de Samuel.

- Entonces no lo entiendo papá.- Siéntate, cariño, y escucha esta historia que te voy a contar porque ya ha llegado la hora de que puedas comprenderla..- dijo el padre mientras señalaba con la mano el asiento a su lado.

Samuel  se sentó entre sus padres ansioso de escuchar cualquier cosa que le sacase de su duda, y su padre se dispuso a narrar lo que para él debió de ser la verdadera historia de los Reyes Magos:

Cuando el Niño Dios nació, tres Reyes que venían de Oriente guiados por una gran estrella se acercaron al Portal para adorarle. Le llevaron regalos en prueba de amor y respeto y el Niño se puso tan contento y parecía tan feliz que el más anciano de los Reyes, Melchor, dijo:

- ¡Es maravilloso ver tan feliz a un niño!. Deberíamos llevar regalos a todos los niños del mundo y ver lo felices que serían.-

- ¡Oh, sí!.- exclamó Gaspar.- Es una buena idea, pero es muy difícil de hacer.
No seremos capaces de poder llevar regalos a tantos millones de niños como hay en el mundo.-

Baltasar, el tercero de los Reyes, que estaba escuchando a sus dos compañeros con cara de alegría comentó:

- Es verdad que sería fantástico, pero Gaspar tiene razón y, aunque somos magos, ya somos ancianos y nos resultaría muy difícil poder recorrer el mundo entero entregando regalos a todos los niños. Pero sería tan bonito.
 
Los tres Reyes se pusieron muy tristes al pensar que no podrían realizar su deseo.

El Niño Jesús que desde su pobre cunita parecía escucharles muy atento sonrió y la voz de Dios se escuchó en el Portal:

- Son muy buenos, queridos Reyes, y les agradezco sus regalos. Voy a ayudaros a realizar este hermoso deseo. Díganme ¿qué necesitáis para poder llevar regalos a todos los niños?

- ¡Oh, Señor!- dijeron los tres Reyes postrándose de rodillas. Necesitaríamos millones y millones de pajes, casi uno para cada niño que pudieran llevar al mismo tiempo a cada casa nuestros regalos, pero no podemos tener tantos pajes no existen tantos.-

- No se preocupen por eso - dijo Dios - yo les voy a dar , no uno sino dos pajes para cada niño que hay en el mundo.-
- ¡Sería fantástico! ¿pero cómo es posible? - dijeron a la vez los tres Reyes con cara de sorpresa y admiración.
- Díganme, ¿no es verdad que los pajes deben de querer mucho a los niños?- preguntó Dios.
- Sí claro, eso es fundamental - asistieron los tres Reyes.
- Y, ¿verdad que esos pajes deberían conocer muy bien los deseos de los niños?-

- Sí, sí. Eso es lo que exigiríamos a un paje - respondieron cada vez más entusiasmados los tres.

- Pues díganme, queridos Reyes, ¿hay alguien que quiera más a los niños y los conozca mejor que sus propios padres? –


Los tres Reyes se miraron asintiendo y empezando a comprender lo que Dios estaba planeando cuando la voz de nuevo se volvió a oír:

- Puesto que así lo desean y para que en nombre de los Tres Reyes de  Oriente todos los niños del mundo reciban algunos regalos, Yo, ordeno que en Navidad, conmemorando estos momentos, todos los padres se conviertan en sus pajes, y que en su nombre, y de su parte regalen a sus hijos los regalos que deseen. También ordeno que, mientras los niños sean pequeños, la entrega de regalos se haga como si la hicieran los propios Reyes Magos. Pero cuando los niños sean suficientemente mayores para entender esto, los padres les contarán esta historia y a partir de entonces, en todas las Navidades, los niños harán también regalos a sus padres en prueba de cariño. Y, alrededor del Belén, recordarán que gracias a los Tres Reyes Magos todos son más felices.-

Cuando el padre de Samuel  hubo terminado de contar esta historia, el niño  se levantó y dando un beso a sus padres dijo:

- Ahora sí que lo entiendo todo papá. Y estoy muy contento de saber qué me quieres y que no me has engañado.-

Y corriendo se dirigió a su cuarto regresando con sus ahorros en la mano mientras decía:
 
- No sé si tendré bastante para comprarles algún regalo, pero para el año que viene ya guardaré más dinero para hacerlo.-

Y todos se abrazaron mientras a buen seguro, desde el Cielo, tres Reyes Magos contemplaban la escena tremendamente satisfechos.